El Ministerio del Ambiente (Minam) ha dado un paso significativo en la implementación de la Ley N° 31991, Ley del Cuerpo de Guardaparques del Perú, al disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba su reglamento. Esta acción, anunciada mediante la Resolución Ministerial N° 187-2024-MINAM del 20 de junio de 2024, marca un avance importante en la protección de los derechos de estos actores clave en la conservación de las áreas naturales protegidas del país.
La Ley N° 31991, publicada el 23 de marzo de 2024 en el diario oficial El Peruano, estableció el régimen laboral especial para más de 700 guardaparques que trabajan en las 76 áreas naturales protegidas (ANP) del Perú. Esta normativa, aprobada por insistencia en el Congreso de la República, busca reconocer y mejorar las condiciones laborales de estos defensores de la biodiversidad.
Derechos de los guardaparques con nueva ley
Entre los aspectos más destacados de la ley se encuentran:
- La implementación de contratos indeterminados y estabilidad laboral tras el periodo de prueba.
- El reconocimiento de jornadas atípicas, acumulativas e intermitentes, incluyendo el tiempo de desplazamiento al puesto de control.
- La provisión de seguros médicos privados, complementarios de riesgo y de vida.
- La activación de mecanismos de protección en situaciones de riesgo, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
- Remuneraciones adicionales para quienes laboren en zonas rurales alejadas: 10% en la costa, 15% en la sierra y 20% en la selva.
- Dos gratificaciones anuales y compensación por tiempo de servicio.
- Una asignación del 35% adicional para guardaparques en áreas de alto riesgo o zonas fronterizas.
Ciudadanía podrá enviar comentarios
Ahora, con la publicación del proyecto de reglamento, el Minam busca recibir comentarios y sugerencias de los interesados. Según la resolución ministerial, estos aportes podrán ser enviados por un plazo de diez días calendario a partir del día siguiente de la publicación en El Peruano, es decir, a partir del 22 de junio.
El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) ha sido designado para recibir estas contribuciones. Los interesados pueden enviar sus opiniones por escrito a la sede del Sernanp en Calle Diecisiete 355, Urb. El Palomar, San Isidro, Lima, o al correo electrónico reglamentoguardaparques@sernanp.gob.pe.
La publicación del proyecto de reglamento representa un paso crucial hacia la implementación efectiva de la Ley N° 31991. Esta legislación no solo tiene como objetivo mejorar las condiciones laborales de los guardaparques, sino también fortalecer la gestión y protección de las áreas naturales protegidas del Perú.
La aprobación final del reglamento, programada para después del periodo de consulta pública, será un hito significativo en el reconocimiento y valoración del trabajo de estos profesionales, quienes desempeñan un papel fundamental en la conservación de la biodiversidad y el patrimonio natural del país.