El Ejecutivo promulgó este jueves la ley de reforma electoral que sustentó el fujimorismo y aprobó el Congreso modificando la modalidad de las Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias – PASO. Los partidos políticos elegirán el mecanismo para la selección de sus candidatos en un proceso electoral.
La norma se publicó este jueves en el diario oficial El Peruano, pese a que el Gobierno de Dina Boluarte, tenía plazo hasta este viernes 19, para observarla o promulgarla. Sin embargo, éste ratificó los cambios a la Ley de Organizaciones Políticas (28094) que aprobó el pleno del Congreso el 15 de diciembre de 2023.
El texto lo propuso y sustentó la presidenta de la Comisión de Constitución, Martha Moyano de Fuerza Popular; y, tras un extenso debate, obtuvo la aprobación con 74 votos a favor, 36 en contra y 12 abstenciones. El legislador Guillermo Bermejo solicitó una reconsideración, pero no la admitieron.
Así, la iniciativa del fujimorismo tuvo luz verde, pese a que los organismos electorales consultados: el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) se mostraron en contra.
¿Qué dice la nueva norma?
Esta nueva norma aprobada por el Ejecutivo atenta contra la intervención de votantes y la reducción del número de partidos en los comicios. Establece, en su artículo 24, que las organizaciones políticas podrán elegir a sus candidatos para elección popular a través de tres modalidades de elecciones primarias:
1. Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de todos los afiliados y ciudadanos previamente inscritos como electores ante la organización política, estén o no afiliados a esta.
2. Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.
3. Elecciones a través de delegados, los que previamente deben elegirse mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados de conformidad con lo dispuesto por el estatuto y el reglamento electoral de la organización política, la que puede solicitar el apoyo de los órganos del sistema electoral.
Los partidos políticos podrán elegir una de estas tres modalidades para definir sus candidatos a presidente y vicepresidentes de la República, congresistas y parlamentarios andinos, gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y regidores distritales y provinciales.
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