El cambio climático ha dejado de ser un debate técnico sobre emisiones y temperaturas para convertirse en una crisis de derechos humanos. Así lo sostiene la científica medioambiental Joyeeta Gupta, quien plantea que los impactos climáticos ya afectan la vida, la salud, el acceso al agua, la alimentación y la vivienda de millones de personas en todo el mundo.
Este enfoque fue respaldado este año en Ginebra por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Türk, ante el Consejo de Derechos Humanos. “¿Estamos tomando las medidas necesarias para proteger a las personas del caos climático?”, preguntó. Su respuesta fue directa: no se está haciendo lo suficiente.
Derechos humanos en riesgo
Gupta, copresidenta de la Comisión de la Tierra y representante de alto nivel de la ONU para la ciencia, la tecnología y la innovación vinculada a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, sostiene que los efectos del calentamiento global deben entenderse como violaciones a los derechos humanos. En entrevistas con Noticias ONU, señaló que la Convención Marco sobre el Clima de 1992 omitió cuantificar los daños humanos del cambio climático, una falla que se arrastra hasta hoy.
Cuando se adoptó el Acuerdo de París en 2015, el consenso se centró en limitar el calentamiento a 2 °C, con un reconocimiento posterior de que 1,5 °C ofrecía mayor seguridad. Para los pequeños Estados insulares, incluso ese umbral resulta crítico. El aumento del nivel del mar, la intrusión salina y las tormentas extremas amenazan su supervivencia, explicó la científica.
El límite de la supervivencia
Ante las demandas de evidencia científica, el IPCC analizó la diferencia entre 1,5 °C y 2 °C. Los resultados mostraron que 1,5 °C reduce daños, aunque sigue siendo riesgoso. En un estudio publicado en Nature, Gupta sostiene que el umbral justo es 1 °C: superarlo implica vulnerar los derechos de más del 1 % de la población mundial, cerca de 100 millones de personas.
El planeta superó ese grado en 2017 y, según las proyecciones, podría rebasar los 1,5 °C hacia 2030. Las promesas de enfriamiento hacia fines de siglo, advirtió, ignoran daños irreversibles como el deshielo de glaciares y el colapso de ecosistemas. “Si los glaciares del Himalaya se derriten, no volverán a recuperarse”, afirmó.

Justicia climática y desigualdad
La científica subraya que justicia climática y desarrollo están estrechamente vinculados. El acceso al agua, la alimentación, la vivienda, la movilidad y la electricidad requiere energía y tiene una huella de emisiones. Su investigación muestra que, dado que el planeta ya superó límites de seguridad, las sociedades ricas deben reducir emisiones de forma más agresiva para abrir espacio de carbono a quienes aún buscan ejercer derechos básicos.
“Existe la creencia de que podemos alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible sin cambiar la forma de vida de los ricos. Eso no funciona ni matemática ni éticamente”, señaló Gupta. A su juicio, mantener la desigualdad en este contexto la convierte en injusticia.
Desplazamiento y vacío legal
El desplazamiento es uno de los efectos más visibles de la injusticia climática. Sin embargo, el derecho internacional aún no reconoce a los refugiados climáticos. Gupta describió una progresión clara: primero se intenta la adaptación; cuando esta falla, se absorben pérdidas; cuando la supervivencia se vuelve imposible, ocurre el desplazamiento.
La mayoría de estos movimientos se da dentro de los países o regiones. El principal desafío legal es probar la causalidad entre el clima y la migración. En ese punto, la ciencia de la atribución gana relevancia al comparar décadas de datos para demostrar cómo el cambio climático altera precipitaciones, temperaturas, salud y eventos extremos.
Un derecho fragmentado
Gupta advierte que la arquitectura fragmentada del derecho internacional dificulta abordar los daños climáticos desde los derechos humanos. Los tratados ambientales, las convenciones de derechos humanos y los acuerdos comerciales operan en paralelo, lo que permite a los Estados compartimentar responsabilidades.
Este escenario comenzó a cambiar con una opinión consultiva histórica de la Corte Internacional de Justicia, que aclaró que las obligaciones climáticas deben evaluarse junto con los derechos humanos y otros acuerdos ambientales. Para Gupta, este giro es vital: “Por fin dice a los gobiernos que no se puede hablar del clima sin hablar de las personas”.
Responsabilidad más allá de las fronteras
Asignar responsabilidades resulta complejo porque los efectos del cambio climático cruzan fronteras. Gupta citó el caso de un agricultor peruano que demandó a una empresa alemana por daños climáticos en un tribunal alemán. Aunque se reconoció la posibilidad de demandas transnacionales, demostrar el vínculo entre emisiones y daños sigue siendo un reto.
La ciencia de la atribución avanza en esa dirección. La CIJ ha señalado que el uso continuado de combustibles fósiles puede constituir un acto internacionalmente ilícito y que los Estados deben regular a las empresas bajo su jurisdicción. En paralelo, emergen estrategias legales que incluyen demandas por tergiversación corporativa y leyes de vigilancia empresarial.
La estabilidad climática como derecho colectivo
Gupta propone reconocer la estabilidad climática como un derecho humano colectivo, dado que sostiene la agricultura, los sistemas hídricos y la vida cotidiana. Aunque el clima aún no está codificado como derecho, tribunales de distintos países reconocen que su inestabilidad socava derechos existentes.
Este enfoque coincide con la advertencia de Volker Türk ante el Consejo de Derechos Humanos: el cambio climático ya erosiona derechos fundamentales, sobre todo de los más vulnerables. Al mismo tiempo, lo planteó como una oportunidad para impulsar una transición justa. “Si no protegemos las vidas, la salud, los puestos de trabajo y el futuro”, advirtió, “reproduciremos las mismas injusticias contra las que decimos luchar”.
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