Skip to main content
23.4°C : Lima18.4°C : Arequipa23.6°C : Trujillo25.4°C : Chiclayo32.3°C : Piura17.6°C : Cusco27.8°C : Iquitos16.4°C : Juliaca16.3°C : Huancayo26.1°C : Tacna
Sociedad

Fallo judicial ordena al Estado garantizar una política de salud intercultural con participación indígena

El Poder Judicial dispuso que el Estado implemente una política de salud adecuada a la realidad cultural de los pueblos indígenas amazónicos. El fallo exige que sus organizaciones participen de manera directa en el diseño y aplicación de estas medidas.

La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima exhortó al Estado peruano a adoptar medidas concretas para garantizar el derecho a la salud de los pueblos indígenas amazónicos, tras declarar fundada en parte la demanda de amparo presentada por la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP). La sentencia, firme y definitiva, reconoce graves deficiencias estructurales en la atención sanitaria en la Amazonía.

El fallo corresponde a una acción de amparo interpuesta por AIDESEP en plena pandemia de la COVID-19 y fue emitido el 21 de noviembre de 2025. En ese contexto, miles de familias indígenas enfrentaron altos niveles de contagio, subregistro de casos, ausencia de atención oportuna y una respuesta estatal insuficiente y poco articulada.

Estado incumplió una respuesta sanitaria intercultural

Según la resolución judicial, pese a las normas adoptadas durante la emergencia sanitaria, el Estado no garantizó una respuesta sanitaria intercultural ni aseguró la participación efectiva de los pueblos indígenas, vulnerando derechos fundamentales como la salud, la vida y la autodeterminación. El tribunal reafirma que el Convenio 169 de la OIT tiene rango constitucional y es plenamente exigible.

En ese marco, la sala ordenó al Ministerio de Cultura, a través del Viceministerio de Interculturalidad, coordinar acciones intersectoriales y evaluar la creación de un comité con participación de organizaciones indígenas, que permita su involucramiento en los sistemas de salud pública y la actualización de bases de datos oficiales.

El fallo corresponde a una acción de amparo interpuesta por AIDESEP en plena pandemia de la COVID-19 y fue emitido el 21 de noviembre de 2025. (Foto: Difusión)

Minsa y regiones deben ejecutar plan de salud indígena

Asimismo, la sentencia dispone que el Ministerio de Salud y los gobiernos regionales ejecuten de manera efectiva y coordinada el Plan de Intervención de Salud para Comunidades Indígenas, no solo frente a la COVID-19, sino también ante enfermedades estructurales como la malaria, el dengue, la desnutrición y las infecciones respiratorias agudas.

AIDESEP advirtió que el fallo cobra especial relevancia frente a la reemergencia de enfermedades prevenibles en la Amazonía. En regiones como Loreto, se han reportado casos de tos ferina, lo que evidencia la fragilidad del primer nivel de atención, la falta de prevención sostenida y las barreras de acceso a servicios de salud culturalmente adecuados.

Finalmente, la sentencia reconoce el derecho de las comunidades nativas a controlar el ingreso a sus territorios para proteger la salud de sus poblaciones, especialmente de los pueblos indígenas en aislamiento y contacto inicial (PIACI). En ese sentido, ordena al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior respetar la autonomía comunal, en concordancia con la Constitución, el Convenio 169 y la Ley PIACI, marcando un precedente clave para la política pública de salud indígena en el país.