La Corte Suprema del Perú falló a favor de la Federación Nativa del río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD) al anular las sanciones impuestas por un tribunal de Madre de Dios. En su decisión, el tribunal determinó que el proceso judicial iniciado contra la organización por su denuncia sobre el riesgo que enfrentaba el pueblo indígena en aislamiento Mashco Piro durante la pandemia de COVID-19 violó varios derechos fundamentales.
La Corte reconoció que en este caso se vulneraron derechos esenciales, como el debido proceso, la libertad de expresión y la motivación de las medidas judiciales adoptadas previamente, las cuales, según la Corte, no tuvieron una justificación adecuada.
Fallo favorable a FENAMAD
En 2022, FENAMAD y su ex presidente, Julio Cusurichi Palacios, fueron sancionados por denunciar públicamente las actividades ilegales de extracción maderera que ponían en peligro al pueblo Mashco Piro, un grupo indígena que vive en aislamiento voluntario en la región amazónica. La denuncia fue presentada en un contexto crítico de emergencia sanitaria, cuando la pandemia de COVID-19 empeoró las condiciones para las comunidades indígenas.

El tribunal argumentó que las autoridades judiciales de Madre de Dios no aplicaron el enfoque intercultural necesario al tratar el caso y adoptaron una interpretación incorrecta de las normas relacionadas con la protección de los derechos de los pueblos indígenas.
Protección de los pueblos en aislamiento
El presidente de FENAMAD, Alfredo Vargas Pío, celebró el fallo de la Corte, destacando que representa un avance en la protección de los derechos de los pueblos indígenas en la región. «Las organizaciones indígenas luchamos constantemente por los derechos colectivos de nuestros pueblos, considerando que la protección y vida de nuestros hermanos en situación de aislamiento es importante», afirmó Vargas Pío.
La Corte también subrayó que el Estado peruano debe garantizar la protección de los pueblos indígenas, especialmente aquellos en situación de aislamiento, y que la defensa de sus derechos no debe ser objeto de represalias judiciales.
Repercusiones internacionales
Juliana Bravo Valencia, directora para Latinoamérica de EarthRights International, también celebró la decisión, destacando que la Corte abordó la violación de derechos desde una perspectiva tanto nacional como internacional. «Celebramos la sentencia de la Corte Suprema que abordó las vulneraciones contra FENAMAD, no solo desde la Constitución peruana, sino también desde el marco internacional de derechos humanos», señaló Bravo Valencia.

La sentencia resalta la importancia de que los tribunales peruanos tomen en cuenta el marco internacional de derechos humanos, en especial las obligaciones del Estado hacia la protección de los pueblos indígenas, como lo establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Contexto de criminalización
Este fallo llega en un contexto donde las organizaciones indígenas y defensores de derechos humanos en Perú enfrentan crecientes amenazas y criminalización por su trabajo en defensa de los pueblos originarios y la protección de sus territorios. Las denuncias contra actividades extractivas ilegales y la protección de los derechos territoriales de las comunidades se han convertido en un desafío constante.
El fallo de la Corte Suprema, en este sentido, subraya la necesidad urgente de crear mecanismos efectivos que permitan a las organizaciones indígenas y a sus representantes continuar con su labor sin temor a represalias judiciales.
El fallo de la Corte Suprema no solo anula las sanciones impuestas a FENAMAD, sino que también establece un precedente importante para futuras controversias relacionadas con la defensa de los derechos de los pueblos indígenas en Perú. Aunque este fallo favorece a FENAMAD, las organizaciones indígenas siguen enfrentando serias dificultades legales y amenazas por su trabajo en defensa de los derechos de las comunidades amazónicas.


